La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que para las elecciones regionales del 03 de octubre de 2010, la elección del presidente y vicepresidente del gobierno regional y de los miembros del consejo regional se realizarán de manera independiente y no en una fórmula única como se realizó en los anteriores comicios del 2002 y 2006.
Esta forma de elección de las autoridades regionales, es consecuencia de la Ley N° 29470, que modifica diversos artículos de la Ley de Elecciones Regionales (Ley N° 27683), promulgada el 14 de diciembre de 2009.
Segunda vuelta
Otra modificación de la Ley N° 29470, es el establecimiento de la segunda vuelta en la elección de los presidentes y vicepresidentes regionales, sin la elección del 3 de octubre la referida fórmula no alcanza el 30% de los votos válidos.
En ese caso, se procede a una segunda elección dentro de los 30 días calendarios siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, en laque participarán las fórmulas que alcanzaron las dos votaciones más altas.
Esta forma de elección de las autoridades regionales, es consecuencia de la Ley N° 29470, que modifica diversos artículos de la Ley de Elecciones Regionales (Ley N° 27683), promulgada el 14 de diciembre de 2009.
Segunda vuelta
Otra modificación de la Ley N° 29470, es el establecimiento de la segunda vuelta en la elección de los presidentes y vicepresidentes regionales, sin la elección del 3 de octubre la referida fórmula no alcanza el 30% de los votos válidos.
En ese caso, se procede a una segunda elección dentro de los 30 días calendarios siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, en laque participarán las fórmulas que alcanzaron las dos votaciones más altas.
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